Los titulares de una residencia de larga duración que se hayan acogido al programa de retorno voluntario pueden recuperar la autorización de residencia en España, una vez haya transcurrido el periodo de compromiso de no retorno que dura tres años.

Para la recuperación de la autorización de residencia se exige que la tarjeta anterior haya sido extinguida, pues bajo el pronunciamiento previo sobre la extinción es posible iniciar el procedimiento de recuperación de la nueva tarjeta de larga duración.

El procedimiento puede ser tramitado en el Consulado o Misión Diplomática del lugar de residencia habitual.

Si el interesado se encuentra en España, siempre que no esté irregular, puede solicitar la recuperación de la autorización de residencia en la Oficina de Extranjería de la provincia que desee fijar su residencia.

Una vez haya recuperada su autorización de residencia, que le vuelve a dar el estatus de residente permanente, podrá reagrupar a sus familiares que quieran residir con él en España.

Para llevar a cabo la reagrupación familiar se exige prueba de que el reagrupante podrá mantener a la familia con sus recursos económicos.

Este año, de 2019, la cantidad mínima exigida asciende a 799 Euros para el reagrupante y un reagrupado, siendo que se deberá sumar 266 Euros por cada miembro adicional.

Los familiares reagrupables son el cónyuge o pareja estable, hijos menores de 18 años y ascendientes, en supuestos muy concretos, en los que tengan más de sesenta y cinco años y que sean económicamente dependientes del reagrupante.

El legitimado para solicitar la reagrupación es el propio reagrupante que debe llevar a cabo el trámite en la Oficina de Extranjería de su local de residencia.

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  • Jaouad says:

    Hola y buenos dias, yo tengo la residencia de larga duracion extinguida con expulsion de 5años, en el 2012 mi expulsaron ami pais, puedo ahora recuperar la residencia por favor, muchas gracias,